Para el caso de que el Ayuntamiento en que se encuentre matriculado el vehículo lo tenga recogido en sus Ordenanzas Fiscales, tendrán derecho a una bonificación en el Impuesto, de hasta el 75 por ciento, determinados vehículos en función de la clase de carburante que consuman, en razón a la incidencia de la combustión de dicho carburante en el medio ambiente; así como en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente.
Acreditación de las especificaciones técnicas del vehículo en lo referente a su sistema de combustión, así como características del motor.
Recurso de Reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante la Agencia Provincial Tributaria de Huelva en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución (Artículo 14 RDL 2/2004)
El Gerente del Servicio de la Agencia Provincial Tributaria de Huelva, para ayuntamientos que tienen delegada la gestión del impuesto.