El contribuyente podrá recurrir ante el Servicio de la Agencia Provincial Tributaria de Huelva contra las actuaciones de embargo que incumplan las normas que para la realización de las mismas se dictan en la Ley General Tributaria, en concreto en los artículos 168 a 172 del citado Texto legal.
El recurso deberá expresar: Nombre y apellidos así como identificación personal del recurrente, acto que se recurre y motivo de impugnación, domicilio a efecto a notificaciones, lugar, fecha y firma.
Identificar las normas incumplidas en la práctica de los embargos.
Nota: (Deberá adjuntarse original o copia compulsada acreditativa de la representación).
Contra la desestimación del recurso de reposición presentado puede interponer: - Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación de la resolución. - Reclamación Económico-administrativa en caso de deudas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el plazo de un mes.
Sr. Gerente de la Agencia Provincial Tributaria de Huelva.