El contribuyente podrá recurrir ante el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva contra las actuaciones de embargo que incumplan las normas que para la realización de las mismas se dictan en la Ley General Tributaria, en concreto en los artículos 168 a 172 del citado Texto legal.
El recurso deberá expresar: Nombre y apellidos así como identificación personal del recurrente, acto que se recurre y motivo de impugnación, domicilio a efecto a notificaciones, lugar, fecha y firma.
Identificar las normas incumplidas en la práctica de los embargos.
Nota: (Deberá adjuntarse original o copia compulsada acreditativa de la representación).