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Recurso contra la providencia de apremio por anulación de la liquidación.

El Contribuyente puede recurrir ante el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva posteriormente a la recepción de la notificación de apremio, donde se identifican las deudas no pagadas en plazo voluntario, siempre que se haya producido la anulación de la liquidación por cualquier causa.

 Solicitante
Interesados o representante legal (con acreditación documental original o compulsada).
 Lugar

Via postal: C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Via fax: 959494801

Oficinas presenciales SGTH

Oficina Virtual de la APTHuelva

 Requisitos

El recurso deberá expresar: Nombre y apellidos así como identificación personal del recurrente, acto que se recurre y motivo de impugnación, domicilio a efecto a notificaciones, lugar, fecha y firma.


Acuerdo anulando la liquidación objeto de la providencia de apremio.


Nota: (Deberá adjuntarse original o copia compulsada acreditativa de la representación).


 Horario
De 09:00 a 13:30 horas en oficinas presenciales de lunes a viernes
 Iniciación
Con la presentación del escrito de interposición del recurso.
 Recursos
Contra la desestimación del recurso de reposición presentado puede interponer:

- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación de la resolución.

- Reclamación Económico-administrativa en caso de deudas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el plazo de un mes.
 Organismo resolutor
Sr. Gerente del Servicio de Gestión Tributaria.
 Plazos
1 mes desde la notificación de la providencia de apremio.
 Contacto

C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Tel. Gratuito: 900 352 165
Via fax: 959494801
Correo electrónico
www.sgth.es
Oficinas presenciales SGTH

 Documentación
 Normativa
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