Trámites
IAE. Solicitud de exención como sujeto pasivo del Impuesto
Tendrán derecho a la exención en el IAE, como sujeto pasivo, las personas físicas en cualquiera de los casos. Así mismo tendrán derecho a la exención los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades; las sociedades civiles y las entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, General Tributaria, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €. Dicho importe será:
Solicitante
Interesado o representante legal (acreditando documentalmente)
Requisitos
Para el caso de personas jurídicas, alta en el IAE, modelo 840.
Horario
De 09:00 a 13:30 horas en oficinas presenciales de lunes a viernes
Iniciación
A petición del interesado
Recursos
Recurso potestativo de Reposición, previo al Económico-Administrativo, ante el Servicio de Gestión Tributaria en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución (Artículo 222 Ley 58/2003).
Organismo resolutor
El Gerente del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, para ayuntamientos que tienen delegada la gestión del impuesto.
Plazos
6 meses desde la solicitud (Artículo 104 LGT)
Documentación
Normativa